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        NO ES TU CULPA: QUÉ HACER SI TU EX TE EXTORSIONA CON CONTENIDO ÍNTIMO

        Nota escrita por Mariel Fernández Pantoja

        Hace unas semanas, una amiga me llamó desde la dependencia policial de su localidad para contarme que había sido detenida junto a su expareja. La policía los había sorprendido agrediéndose verbal y físicamente. Cuando le pregunté por qué había aceptado encontrarse con él, me explicó que la había amenazado con enviar sus videos íntimos, a traves de WhatsApp, a sus familiares si se negaba. Asustada y sin saber a quién acudir ni qué medidas tomar, accedió a verlo. Este caso refleja una problemática que no es indiferente con nuestro día a día: el chantaje sexual. 

        ¿El chantaje sexual es un delito? Sí, el chantaje sexual es un delito en el Perú. Fue tipificado en el Código Penal, mediante el Decreto Legislativo N°1410 del año 2018, y se encuentra regulado en el artículo 196°, señalando lo siguiente:   El que amenaza o intimida a una persona, por cualquier medio, incluyendo el uso de tecnologías de la información o comunicación, para obtener de ella una conducta o acto de connotación sexual, será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años e inhabilitación, según corresponde, conforme a los incisos 5, 9, 10 y 11 del artículo 36. La pena privativa de libertad será no menor de tres ni mayor de cinco años e inhabilitación, según corresponde, conforme a los incisos 5, 9, 10 y 11 del artículo 36, si para la ejecución del delito el agente amenaza a la víctima con la difusión de imágenes, materiales audiovisuales o audios con contenido sexual en los que esta aparece o participa. 

        El delito de chantaje sexual no exige que el agresor emplee un medio específico para amenazar o intimidar a su víctima con el fin de coaccionarla. Lo esencial es su capacidad para manipularla y lograr que acceda a sus exigencias de índole sexual. Esta conducta se agrava si, para la ejecución del delito, el agresor utiliza material audiovisual, imágenes o audios en los que participa la víctima –como en el caso mencionado inicialmente–, lo que conlleva la imposición de una pena más severa.

        Ante esto, surge la siguiente duda: ¿para la configuración de este delito es necesario que la víctima acceda a los actos de connotación de su agresor? No, el delito de chantaje sexual se consuma con la mera amenaza o actos intimidatorios. Es decir, la víctima no necesita acceder a las proposiciones sexuales del agresor para denunciar. Al respecto, el Dr. Prado Saldarriaga ha referido que no es relevante para ello que los medios compasivos aplicados produzcan algúm efecto o decisión del sujeto pasivo el cual incluso puede soportar o no llegar a sentirse intimidado. Muchos menos se requiere para la perfección del delito que la víctima ceda o conceda el acto de connotación sexual que le exije el chantajista[1].

        Entonces ¿qué debo hacer si estoy siendo víctima de chantaje sexual? Primero, es crucial enfatizar que sí estás siendo víctima de chantaje sexual NO debes acceder a las proposiciones sexuales del chantajista. Segundo, como víctima tienes el derecho de interponer una denuncia contra el agresor, ante la Policía Nacional del Perú o el Ministerio Público. Tercero, de acuerdo a la Ley N°30364 ¾Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar¾  puedes solicitar medidas de protección a tu favor, tales como:

        • Prohibición de acercamiento y comunicación del agresor con la víctima.
        • Resguardo policial en caso de riesgo inminente.
        • Asistencia legal y psicológica especializada, proporcionada por el Centro de Emergencia Mujer (CEM) del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP).

        Finalmente, recuerda que buscar ayuda es fundamental para detener el abuso y evitar que el agresor siga ejerciendo control sobre la víctima. Recuerda que tienes derecho a protección y justicia, y que existen mecanismos diseñados para apoyarte en este proceso.

        [1]    Prado Saldarriaga, Víctor. Derecho Penal. Parte Especial: una introducción en sus conceptos fundamentales, Pacífico, Lima, 2021, pág. 154

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