Artículo escrito por Tania Viviana Rodríguez Gonzales
¿Qué es la Cámara Gesell?
Imagina que eres padre o madre, y tu hijo o hija ha vivido algo traumatizante: fue víctima de abuso. Ahora el sistema de justicia necesita escuchar lo que pasó. Pero, ¿cómo hacerlo sin causarle aún más daño al niño o niña que ya sufrió?
Ahí es donde opera la Cámara Gesell.
Se trata de un espacio dividido en dos cuartos separados por un vidrio. Desde un lado, el vidrio parece una pared: quien está dentro no puede ver hacia afuera. Desde el otro lado, en cambio, se puede ver todo lo que ocurre adentro, como si fuera una ventana. En el cuarto interior está la víctima —generalmente un niño o niña— junto a un profesional capacitado (psicólogo o psicóloga), quien le hace preguntas de manera calmada y segura. En el cuarto exterior están el fiscal, los abogados y, a veces, el juez, observando todo sin que la víctima los vea.
¿Por qué es tan importante?
Para entender por qué la Cámara Gesell es tan valiosa, primero hay que entender un problema muy serio que existe en los sistemas de justicia: la revictimización. La revictimización es cuando la víctima, además del daño que ya sufrió, recibe un daño adicional a causa del proceso judicial.
¿Y que dicen las leyes internacionales?
La Convención sobre los Derechos del Niño, firmada por casi todos los países del mundo, incluyendo el Peru, el 26 de enero de 1990, establece que los Estados tienen el deber de proteger a los menores de edad de cualquier forma de abuso —y eso incluye protegerlos dentro del propio proceso judicial.
«Los Estados deben adoptar todas las medidas necesarias para proteger al niño contra toda forma de perjuicio o abuso.» — Convención sobre los Derechos del Niño, ONU (1989), artículo 19.
En resumen: cuando un país no implementa mecanismos como la Cámara Gesell, está incumpliendo compromisos que firmó ante la comunidad internacional. ¿Qué dicen las leyes peruanas?
Nuestro país cuenta con jurisprudencia relevante sobre la Cámara Gesell. La Corte Suprema y el Tribunal Constitucional han establecido reglas claras que todo ciudadano debería conocer:
✔ Acuerdo Plenario N.° 1-2011/CJ-116
Este acuerdo, aprobado el 6 de diciembre de 2011 por unanimidad de las Salas Penales de la Corte Suprema, es la norma más importante que existe en Perú sobre cómo valorar el testimonio de víctimas de violencia sexual. Establece una regla fundamental: la declaración en Cámara Gesell se toma una sola vez. La víctima no tiene que repetirla. Y fija los criterios para que los jueces evalúen correctamente ese testimonio.
✔ El juez es indispensable: Casación sobre el artículo 242 del CPP La Corte Suprema también ha establecido que para que la entrevista en Cámara Gesell valga como «prueba anticipada» —la forma más sólida de prueba— debe realizarse con la supervisión de un juez. Si solo están el fiscal, la psicóloga y la víctima, pero no hay juez, la prueba puede ser declarada inválida en el juicio. Este requisito está en el artículo 242 del Código Procesal Penal, modificado por el Decreto Legislativo N.° 1307.
Pero, ¿y los derechos del imputado?
En todo proceso penal existen dos derechos que deben equilibrarse: el derecho de la víctima a no ser revictimizada, y el derecho de defensa del imputado La Cámara Gesell no elimina el derecho de defensa. Lo que hace es adaptarlo para que no cause daño innecesario. Así funciona:
∙ El abogado de la defensa puede observar la entrevista completa en tiempo real desde el cuarto de observación.
∙ Si el abogado desea realizar una pregunta, se la comunica al entrevistador forense, quien la reformula de manera adecuada para la víctima.
∙ El proceso es transparente, solo que la víctima no está expuesta innecesariamente.
La Cámara Gesell es la respuesta que el sistema de justicia ofrece a las personas más vulnerables que necesitan justicia: los niños y niñas que han sido abusados, las mujeres víctimas de violencia sexual.
Implementarla con profesionales capacitados es un compromiso que el Estado tiene con sus víctimas, reconocida por organismos internacionales y respaldada por investigación en psicología forense.
En Senisse Abogados contamos con un equipo de abogados penalistas especializados en derecho penal que han acompañado a personas naturales y empresas en procesos complejos ante el Ministerio Público, el Poder Judicial y la Policía Nacional. Somos reconocidos en Lima por nuestra defensa técnica, proactiva y orientada a resultados. Cada caso se analiza desde el primer contacto para construir una estrategia sólida, anticipar riesgos y proteger los derechos de nuestros clientes en cada etapa del proceso penal.








