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    ¿Cuánto dura un juicio penal en el Perú?

    Escrito por Carlos Senisse

    Es una pregunta que frecuentemente me han hecho a lo largo de los años en mi rol como abogado penal encargado de recibir clientes nuevos y la respuesta viene siempre en dos vertientes: por un lado, con sustento normativo procesal y, por otro lado, con sustento en la experiencia diaria en tribunales judiciales.

    La relevancia de duración de un juicio pasa desapercibida para los órganos de administración de justicia sean jueces o fiscales a menos que se trate de casos sujetos a plazos de prescripción pronta. Empero, para los justiciables es un factor preponderante al momento de determinar cuál será su posición frente al proceso penal.

    Es tan importante esta información que los justiciables sean inocentes, culpables, víctimas deciden si vale la pena iniciar, dejar o rendirse ante un caso sin importar que tengan la razón sobre el juicio de que se trate.

    La justicia que tarda no es justicia dice un viejo adagio legal, y esto es así porque el tiempo tiene vinculación directa con la urgencia sobre la solución del problema que muchas veces es el sustento vital de una familia, por ejemplo, la disputa sobre un inmueble, capital o tiempo de vida de una persona que al ser expuesto en el tiempo es perjudicada de modo irreparable puesto que la decisión sea a favor o en contra nada podrá ayudar al justiciable.

    Otro motivo por el cual el tiempo es un factor decisivo son los honorarios legales de los abogados, ya que mientras más dura un proceso judicial existe mayor trabajo de un abogado o más abogados que intervienen en el proceso a lo largo del tiempo, es decir la inversión económica es mucho mayor. Y si consideramos que muchas personas invierten lo poco que tienen para pagar buenos abogados o se endeudan, la extensión de juicios sin plazos determinables causa daño al agotar sus recursos y dejar a estas personas en indefensión. Indefensión que probablemente los lleve a afrontar nuevos juicios después de que se produzca una nulidad 3 años después de iniciado el caso (por falta de una buena defensa técnica).

    Este problema no lo sufren únicamente personas de escasos recursos. Son muchas empresas y personas con alto poder adquisitivo que por verse obligados a sentarse en el banquillo de los acusados, han terminado en bancarrota. Por lo tanto, es indispensable conocer cuánto dura un juicio penal en el Perú. Los procesos legales están diferenciados en su duración debido a su complejidad. En principio tenemos procesos simples, complejos y por organización criminal.

    Los procesos simples tienen una duración estimada teórica de 60 días para la investigación preliminar o es decir encontrar indicios razonables de la comisión del delito, luego un periodo de decisión no determinado por ley que dura aproximadamente 1 a 2 meses y luego una etapa de investigación formalizada que debe durar 120 días naturales. Al término de esta etapa el fiscal puede decidir la acusación hasta en 15 días y luego el cuaderno pasa al juzgado para la etapa intermedia y ahí una vez instala las audiencias en promedio duran 5 sesiones a lo largo de mes y medio. Cerrada esta etapa el juez de investigación preparatoria deriva el expediente al juzgado colegiado para el juzgamiento que puede durar 2 meses aproximadamente.

    Entonces un proceso simple, de acuerdo con la ley, está pensado para que dure en promedio 10 meses a un año entre reenvíos ordinarios de expediente entre entidades. Empero, esto casi nunca se cumple en principio por la alta carga de casos que asume cada fiscalía y juzgado y por qué no existe una consecuencia legal negativa en los casos en que cada operador juez o fiscal se demoren el doble o el triple en sus tiempos. Existen sanciones administrativas sobre los operadores, pero estas no transcienden sobre el caso. Las únicas consecuencias negativas para el caso implican una duración del proceso mayor incluso al plazo máximo de la pena más una mitad, para un caso simple de estafa esto sería 9 años, un caso de robo 12 años.

    Es cierto también que existen mecanismos de control de plazo, pero estos solo aplican para diligencias preliminares e investigación preparatoria, pero no para las demás etapas del proceso o de traslado de requerimientos de acusación, sobreseimiento, de juzgado preparatorio a juzgado colegiado, ni de notificaciones, además existen las causales para prórroga de plazos ordinarias, suplementarias e incluso extraordinarias. Todo ello convierte que un caso penal simple pueda durar en promedio 3 años.

    Los casos simples son caracterizados en muchos por la presencia de un solo imputado, uno o dos delitos y uno o dos agraviados. Estos casos se mantienen como simples en tanto no se cumpla con lo establecido por el artículo 342 del Código Procesal Penal para que el caso sea declarado complejo, esto es:

    • Que no se requiera cantidad significativa de actos de investigación;
    • Que los delitos no sean numerosos;
    • Que se involucre una cantidad importante de imputados o agraviados
    • Que se requiera la realización de pericias que comportan la revisión de nutrida documentación o complicados análisis técnicos;
    • Que se necesitan realizar diligencias fuera del país;
    • Que se requiere revisar la gestión de empresas o entidades del Estado; y
    • Que se investigue a personas involucradas a una organización criminal

    En los casos complejos los plazos ordinarios de investigación preliminar son de 8 meses y de preparatoria por igual plazo y la complejidad causa que cada decisión duré varios meses más y que las posteriores audiencias de etapa intermedia y juicio oral puedan durar un año cada una. Esto nos da un total aproximado de 3 años si todo funcionara adecuadamente, empero en la práctica el abuso de prórrogas y la falta de diligencia en el sistema de justicia hace que se extienda el plazo hasta 5 años de proceso.

    Finalmente, están los delitos cometidos por integrantes de organizaciones criminales que al cumplir con el requisito de esta imputación son procesados bajo los plazos más extensos del Código Procesal Penal. Esto quiere decir que una diligencia preliminar puede durar 3 años y una investigación preparatoria 3 años más de manera legal, una etapa intermedia y un juicio pueden llegar a durar año y medio cada uno, esto quiere decir que, sin prórrogas, el juicio tendrá una duración de 9 años, y con plazos prorrogados los juicios pueden durar bastante más.

    A estas situaciones se suman además otro factor común: el uso de prisión preventiva, que ocasiona que durante la mayor parte del proceso el investigado estará privado de su libertad, sin poder trabajar.

    Todas estas situaciones explican que muchas personas aun teniendo la razón escojan mecanismos simplificados del proceso, pero que en buena cuenta implican para un investigado aceptar la responsabilidad aun siendo inocentes, asumiendo que que borrar sus antecedentes penales es más sencillo, barato y tarda menos que afrontar la duración del proceso y el pago de la reparación civil. En el caso de agraviados, estos mecanismos solo ayudan si el reconocimiento de la otra parte cubre el daño sufrido sino la única manera de resarcir su daño será la vía civil o insistir con el proceso con todo lo que ello implica en la duración y el costo de honorarios legales. En muchos casos o la mayoría, esto significa que el caso quedará abandonado.

    Lamentablemente, no hay solución que venga pronto, por lo que un diagnóstico inicial del caso es crucial para determinar que camino elegir. Es decir, si afrontar un proceso judicial a pelear la verdad de cada uno, dejarlo atrás o ver positiva la posibilidad de lograr un acuerdo (incluso uno malo). Como dice el dicho que se mantiene vigente más que nunca, más vale un mal acuerdo que un eterno juicio.

    Un juicio penal puede parecer eterno, por lo que si al final estás decidido a enfrentarlo, toma tu decisión como una prueba de resistencia, solo los que llegan al final son quienes pueden aguantar cada tramo del proceso y sobre todo asesórate correctamente desde el inicio para que eso no sea la causa de que todo el esfuerzo luego de 3 años como mínimo haya sido en vano.