La constitución de una empresa en el Perú es un proceso jurídico que implica la adopción de una estructura societaria, la formalización de acuerdos entre socios y su inscripción en los registros públicos en SUNARP. Este procedimiento se encuentra regulado principalmente por la Ley N.º 26887, Ley General de Sociedades, norma que establece el régimen aplicable a las distintas formas societarias, así como los requisitos para su creación, funcionamiento y disolución.
Desde una perspectiva práctica, constituir una empresa no solo implica cumplir formalidades legales, sino también adoptar decisiones estratégicas que impactarán en la responsabilidad patrimonial, la gestión corporativa y el crecimiento del negocio.
Paso 1: Elegir el tipo societario
El primer paso en la constitución de una empresa consiste en definir la forma societaria más adecuada. En el Perú, las principales estructuras son:
- Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL)
- Sociedad Anónima (S.A.)
- Sociedad Anónima Cerrada (S.A.C.)
- Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada (S.R.L.)
Cada tipo societario presenta características diferenciadas en cuanto a responsabilidad, número de socios y régimen de administración. Por ejemplo, en la S.A. y la S.A.C., la responsabilidad de los socios se limita al aporte de capital, lo que protege su patrimonio personal en caso de deudas.
La elección debe considerar factores como:
- Número de socios (mínimo dos en la mayoría de sociedades)
- Nivel de responsabilidad patrimonial
- Facilidad para atraer inversión
- Estructura de administración
La Ley General de Sociedades regula estas formas y establece reglas comunes como la constitución mediante pacto social y el estatuto.
Paso 2: Minuta, estatuto y socios
Una vez definida la estructura societaria, se procede a la elaboración del acto constitutivo, compuesto por:
- Minuta de constitución
- Pacto social
- Estatuto
Minuta de constitución
La minuta es el documento base donde los socios expresan su voluntad de constituir la empresa. Debe incluir información esencial como: Datos de los socios; Denominación social; Objeto social; Capital social y Forma de administración. Este trámite se puede realizar en una Notaría, pero si se desea orientación previa o un nivel más alto de personalización, se recomienda que la gestión se encargue a un abogado.
Pacto social
El estatuto regula el funcionamiento interno de la sociedad: toma de decisiones, distribución de utilidades, órganos de administración, entre otros. Dependiendo del giro del negocio (cuando se trata de empresas), bastará un modelo tipo, que podrá ser provisto tanto por un abogado como por la Notaría en la cual se realice el trámite previo a la evaluación a escritura pública.
Socios
La ley exige, en la mayoría de casos, pluralidad de socios, salvo excepciones legales. Además, estos pueden ser personas naturales o jurídicas. Dependiendo del tipo societario, estos deben acordar además asumir las responsabilidades que les correspondan como parte de la flamante sociedad.
Posteriormente, la minuta es elevada a escritura pública ante Notario, cumpliendo con lo establecido en el artículo 5 de la Ley General de Sociedades.
Paso 3: Registro en SUNARP
El siguiente paso es la inscripción de la empresa en SUNARP, específicamente en el Registro de Personas Jurídicas.
Este paso es fundamental, ya que la empresa adquiere personalidad jurídica, se formaliza su existencia legal y se obtiene la partida registral. El procedimiento implica presentar la escritura pública ante SUNARP. Actualmente, este trámite puede realizarse incluso de manera digital mediante el sistema SID-SUNARP .
Sin esta inscripción, la sociedad no existe legalmente como sujeto independiente de sus socios. Si bien la legislación civil reconoce las asociaciones de personas no inscritas, estas no gozan de ninguno de los beneficios que sí tienen las que se han inscrito en SUNARP, por lo que en la práctica solo las primeras pueden gozar de los beneficios que les corresponden a las empresas formalmente constituidas.
Paso 4: Errores comunes en la constitución de empresas
En la práctica jurídica, es frecuente observar errores que pueden generar contingencias legales o costos adicionales. Entre los más comunes destacan:
Elegir incorrectamente el tipo societario
Muchos emprendedores optan por una estructura sin analizar aspectos como responsabilidad o crecimiento futuro, lo que puede limitar la expansión o generar riesgos patrimoniales.
Redacción deficiente del estatuto
Un estatuto genérico o mal elaborado puede generar conflictos entre socios, especialmente en temas de administración, transferencia de participaciones o distribución de utilidades.
Falta de claridad en el objeto social
Un objeto social demasiado limitado puede restringir las actividades de la empresa, mientras que uno demasiado amplio puede generar problemas regulatorios.
Omisión de formalidades notariales o registrales
No elevar la minuta a escritura pública o no inscribirla en SUNARP impide la existencia legal de la empresa.
Uso de plantillas sin asesoría
El uso de modelos estándar sin revisión legal puede generar inconsistencias con la normativa vigente o con la realidad del negocio.
Importancia del acompañamiento legal
El acompañamiento de un abogado especializado en derecho societario resulta clave durante todo el proceso de constitución. Su intervención permite:
- Elegir correctamente la estructura societaria
- Redactar un estatuto acorde a las necesidades del negocio
- Prevenir conflictos entre socios
- Asegurar el cumplimiento de la normativa vigente
Además, el asesor legal garantiza la correcta aplicación de la Ley General de Sociedades, que regula todos los aspectos esenciales de la vida societaria en el Perú








