Q

Senisse Abogados





    Criminal Compliance: 5 cosas que debes conocer sobre la responsabilidad penal de personas jurídicas en el Perú

    En los últimos años, el marco normativo peruano ha evolucionado significativamente en materia de responsabilidad penal de las personas jurídicas. La Ley N.° 30424, modificada por el Decreto Legislativo N.° 1352, establece la posibilidad de que las empresas sean responsables penalmente por determinados delitos cometidos en su beneficio directo o indirecto. Esta normativa ha generado un creciente interés por el “criminal compliance” o cumplimiento penal corporativo, como una herramienta preventiva y de gestión de riesgos penales dentro de las organizaciones.

    1. La primera cuestión clave que debe entenderse es que la responsabilidad penal de la persona jurídica no excluye la de sus representantes o empleados. Según el artículo 2 de la Ley N.° 30424, las empresas pueden ser responsables por delitos como cohecho, lavado de activos, financiamiento del terrorismo y colusión, entre otros, cuando estos sean cometidos por sus directivos, representantes o subordinados. La existencia de un programa de compliance puede atenuar o incluso eximir esta responsabilidad, lo que convierte a estos sistemas en mecanismos estratégicos para la defensa penal de las empresas.
    2. En segundo lugar, es imprescindible conocer qué elementos debe contener un modelo de prevención para ser considerado eficaz. La norma exige que el modelo esté diseñado para prevenir delitos, que identifique riesgos específicos, incluya medidas de supervisión, control, capacitación y un canal de denuncias. Al respecto, la abogada penalista Romy Chang Kcomt ha señalado que “el compliance penal no es un documento para mostrar en caso de fiscalización, sino un sistema vivo que debe integrarse en la cultura organizacional”. Su eficacia será valorada judicialmente caso por caso, teniendo en cuenta la estructura y actividades propias de cada empresa.
    3. Una tercera cuestión crucial es la evaluación judicial de los modelos de prevención. El Poder Judicial deberá determinar si el programa de compliance fue implementado antes de la comisión del delito, y si realmente tuvo la capacidad de evitarlo. En este punto, el abogado César Nakazaki ha indicado que “la verdadera prueba del compliance está en su aplicación práctica: no basta con tenerlo, hay que demostrar que funciona”. Esta afirmación cobra relevancia especialmente en investigaciones penales donde se analiza la conducta organizacional y el cumplimiento efectivo del modelo.
    4. En cuarto lugar, el oficial de cumplimiento cumple un rol clave dentro del sistema de prevención penal. Este debe contar con autonomía e independencia dentro de la organización, así como con los recursos necesarios para ejercer sus funciones. La ausencia o debilidad del oficial de cumplimiento puede ser interpretada como una señal de que el modelo no tiene eficacia real. La legislación exige que su designación y funciones estén debidamente formalizadas y respaldadas por la alta dirección.
    5. Por último, es importante tener en cuenta que el compliance penal no solo es un instrumento de defensa, sino también una herramienta que agrega valor reputacional y comercial. En sectores regulados o con fuerte interacción con el Estado, contar con un sistema de cumplimiento penal adecuado puede ser un diferenciador competitivo. Como afirma la consultora legal Rossy Salazar, “el compliance penal bien implementado reduce riesgos legales, mejora la gobernanza y contribuye a la sostenibilidad del negocio”.

    En conclusión, el criminal compliance en el Perú no es una simple moda legislativa, sino una exigencia cada vez más relevante para la gestión empresarial moderna. Comprender sus implicancias legales, implementar modelos de prevención efectivos y fomentar una cultura de cumplimiento son pasos fundamentales para mitigar riesgos penales corporativos. La jurisprudencia y la práctica legal penal están avanzando hacia una interpretación más rigurosa de estas obligaciones, lo cual requiere que las empresas asuman un compromiso real y sostenido con la ética y la legalidad.

    ¿Tienes dudas sobre las responsabilidades de tu empresa en materia penal? Ponte en contacto con nuestra área especializada en Derecho Penal aquí.