Senisse Abogados
Abogados especialistas en Delitos Aduaneros en Lima
Senisse Abogados
¿Necesitas un abogado penal aduanero? Atendemos importadores y exportadores
Defendemos a personas y empresas investigadas por delitos aduaneros previstos en la Ley 28008 – Ley de Delitos Aduaneros.
Intervenimos en casos de contrabando, fraude, subvaluación, mercancía prohibida y documentación falsa vinculada a comercio exterior.
Actuamos ante SUNAT–Aduanas, Fiscalía y Poder Judicial. Evitamos imputaciones penales graves y buscamos acuerdos y archivo temprano cuando corresponde.

¿Necesitas un abogado penal aduanero? Atendemos importadores y exportadores
Defendemos a personas y empresas investigadas por delitos aduaneros previstos en la Ley 28008 – Ley de Delitos Aduaneros.
Intervenimos en casos de contrabando, fraude, subvaluación, mercancía prohibida y documentación falsa vinculada a comercio exterior.
Actuamos ante SUNAT–Aduanas, Fiscalía y Poder Judicial. Evitamos imputaciones penales graves y buscamos acuerdos y archivo temprano cuando corresponde.

¿Qué se considera un delito aduanero en Perú?
Según la Ley 28008, constituyen delito aduanero las conductas que:
- Buscan evadir tributos aduaneros
- Ingresan mercancía prohibida o restringida
- Declaran valores falsos para pagar menos impuestos
- Presentan documentos adulterados
Movilizan mercancía por zonas no autorizadas
Modalidades frecuentes que atendemos

Contrabando: Es el ingreso de mercancías sin control aduanero regulado en el artículo 1 de la ley Penal Tributaria, Ley 28008 tiene una pena no menor de cinco ni mayor de ocho años y con trescientos sesenta y cinco a setecientos treinta días-multa.

Falsificación de documentos de importación/exportación. Es una de las modalidades más recurrentes de defraudación tributaria sancionada en el artículo 2 de la ley Penal Tributaria, Ley 28008.

Subvaluación o sobrevaluación de mercancías: Es la declaración contraria a la verdad del valor de la mercancía para cometer defraudación tributaria.

Financiamiento de delitos tributarios: el artículo 7 de la ley 28008, sanciona al que financie por cuenta propia o ajena la comisión de los delitos tipificados en la Ley penal tributaria y hasta con una pena de prisión de ocho a doce años y con trescientos sesenta y cinco a setecientos treinta días-multa.

Ingreso de productos prohibidos o restringidos. Está regulado en el artículo 8 de la ley Penal Tributaria, Ley 28008 siempre y cuando además el valor supere las 4 UIT y tiene una pena no menor de ocho ni mayor de doce años y con setecientos treinta a mil cuatrocientos sesenta días-multa.

Defraudación aduanera: Es el engaño o falsedad en los documentos para reducir tributos, obtener o aprovechar ilícitamente una exoneración, inafectación, incentivo, devolución, beneficio tributario, beneficio aduanero u otro beneficio de cualquier índole indebidamente y esta regulado en el artículo 2 de la ley Penal Tributaria, Ley 28008 y tiene una pena no menor de cinco ni mayor de ocho años y con trescientos sesenta y cinco a setecientos treinta días-multa.

Uso de rutas no autorizadas: Es una modalidad de eludir el control aduanero y sancionado como una forma de contrabando en el artículo 1 de la ley Penal Tributaria, Ley 28008.
Cómo te defendemos

Revisión y cuestionamiento completo del informe sobre el reconocimiento físico y avalúo de la mercancía, el acta de intervención y de incautación.

Análisis técnico de pericias de valoración y documentos sustentatorios de importación de la mercancía.

Análisis de intervención o participación en la actividad económica para determinar correctamente las responsabilidades.

Estrategia penal para evitar prisión preventiva o condena.

Negociación de acuerdos o sustitución de penas.

Defensa en audiencias ante Fiscalía y Poder Judicial.
Proceso penal por delitos aduaneros

Intervención de autoridad policial o autoridad aduanera y actas de intervención e incautación.

Investigación fiscal: presentación de documentos sustentatorios de mercancías, revisión de pericias institucionales e informe sobre el reconocimiento físico y avalúo de la mercancía.

Etapa intermedia: Acusación de fiscalía, oposición a acusación y/o acuerdo de terminación anticipada y ofrecimiento de pruebas de la defensa.

Juicio oral.
¿Estás implicado en un caso de Delito Aduanero?
Recibe respaldo legal inmediato para recuperar tu dinero y tomar acción contra los responsables.
Senisse Abogados

Por qué Senisse Abogados
- Equipo penalista con experiencia de delitos contra la vida, el cuerpo y la salud, homicidios calificados y feminicidios.
- Respuesta en horas, no en semanas.
- Seguimiento continuo de los casos ante las autoridades.
- Atención en Lima y casos a nivel nacional.
Preguntas frecuentes
¿SUNAT–Aduanas puede denunciar?
Sí, es la entidad que inicia la mayoría de casos mediante un informe de presunción de delito y un informe sobre el reconocimiento físico y avalúo de la mercancía.
¿Qué pruebas se usan?
Pericias de valor, informe sobre el reconocimiento físico y avalúo de la mercancía, actas de intervención e incautación de mercadería, documentos aduaneros, manifiestos de carga, declaraciones de proveedores e intervenidos.
¿Se puede evitar una condena?
Sí, en el caso de delitos tributarios o aduaneros se puede evitar una condena mediante pago de tributos o cuestionamientos técnico-jurídicos a la investigación o acusación del Ministerio Público.
¿La empresa también puede ser investigada?
Sí, hay responsabilidad penal y consecuencias accesorias para las empresas vinculadas a estos delitos así como pago solidario de reparación civil.
Personas que ya protegieron su tranquilidad legal
Otras especialidades de Derecho Penal
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