El actor civil en el proceso penal

Seguramente has escuchado que durante un juicio penal, además del jueces, fiscales y la defensa de los acusados, se menciona en muchas ocasiones la participación de “la parte civil”. ¿Pero qué es exactamente la parte civil y qué clase de participación tiene este actor en el juicio penal?

Según el artículo 98 del Código Procesal Penal, el actor civil es aquel legitimado para ejercer la acción reparatoria y reclamar daños y perjuicios con motivo de haber sido perjudicado por el delito. Dicho de otra forma, estamos hablando de la víctima del delito, que se constituye dentro del proceso penal con el fin de resguardar sus derechos, especialmente el de ser reparado por el daño sufrido.

Para entender mejor la figura del actor civil, es preciso recordar que, por regla general, en un juicio penal existe una división de roles entre los participantes. Por un lado, el Ministerio Público, tiene el rol de presentar su teoría del caso y solicitar la sanción correspondiente. Por el otro, la defensa busca desestimar dicha teoría, aportando sus propias pruebas. Finalmente, está el juez, que valorará ambas posturas para dictar sentencia.

¿Cómo se constituye la parte civil? Para ser reconocido como actor civil, se deben cumplir los requisitos señalados en el artículo 100 del Código Procesal Penal. Estos requisitos incluyen presentar una solicitud por escrito al juez de la investigación preparatoria que contenga lo siguiente:

a) las generales de Ley de la persona física o la denominación de la persona jurídica con las generales de Ley de su representante legal;

b) señalar el nombre del imputado;

c) el relato circunstanciado del delito;

d) el fundamento de por qué se justifica su pretensión; y,

e) adjuntar la prueba documental en la que se funda el pedido

Una persona natural o jurídica puede constituirse como actor civil a partir de la formalización de la investigación preparatoria y hasta antes de la conclusión de esta etapa, lo que implica que debe actuar de manera oportuna para que pueda formar parte del juicio penal. En caso de no hacerlo, si bien el proceso seguirá su curso a instancia del Ministerio Público, perderá la oportunidad de aportar sus propias pruebas, participar en las diferentes diligencias y, lo más importante, proponer la cuantía de la reparación civil por daños y perjuicios.  

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